Discursos

LUIS ALMAGRO, SECRETARIO GENERAL DE LA ORGANIZACION DE LOS ESTADOS AMERICANOS
DEPÓSITO DEL INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN POR PARTE DE ECUADOR DE LA “CONVENCIÓN INTERAMERICANA CONTRA EL RACISMO, LA DISCRIMINACIÓN RACIAL Y FORMAS CONEXAS DE INTOLERANCIA”

14 de enero de 2020 - Washington, DC


Si miramos la historia de las Américas, podemos ver que hemos logrado avances importantes en materia de convivencia social y tolerancia, sin embargo, todavía queda mucho por hacer, en especial para eliminar la discriminación y la intolerancia en todas sus formas.

• Hoy queremos felicitar al gobierno del Presidente Lenin Moreno en Ecuador por sumarse ratificar la Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia, adoptada por la Asamblea General de la OEA en 2013. Esto definitivamente se enmarca muy claramente en la visión del Presidente Lenin Moreno sobre estos temas.

• La negociación de esta convención tomó trece años.

• El depósito del acta de ratificación del Ecuador eleva a cuatro el número de Estados Parte.

• El marco normativo e institucional de Ecuador garantiza el derecho a la equidad, igualdad y no discriminación:

• El artículo 11 de la constitución de Ecuador reconoce que “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”, y prohíbe “cualquier … distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos.”

• Las comunidades, nacionalidades indígenas, y pueblos afro- ecuatorianos disponen de protecciones variadas que incluyen, entre otros, el respeto de su identidad, tradiciones ancestrales, la organización social y la práctica del derecho consuetudinario.

• Las víctimas de racismo, xenofobia o cualquier otra forma de discriminación o intolerancia disponen de un derecho de reparación y resarcimiento cuando son afectados por tales actos.

• La Convención es un instrumento de protección de derechos humanos que se aplica tanto en la esfera de la vida pública como privada.

• Prevé variados deberes para los Estados, puesto que están llamados a “prevenir, eliminar, prohibir y sancionar”, actos y manifestaciones de discriminación e intolerancia.

• En el ámbito de promoción se deben adoptar acciones afirmativas tendientes a la equidad de condiciones, inclusión y progreso a las personas o grupos.

• En materia de prevención, la Convención impulsa la realización de estudios sobre la discriminación e intolerancia y la recopilación de datos sobre grupos o personas discriminadas.

• Una particularidad de la Convención es la adopción de un foro de intercambio de ideas y experiencias que debe servir para examinar el progreso realizado por los Estados Partes en su implementación, a cargo de un “Comité” compuesto de un experto nombrado por cada Estado Parte.

• Finalmente, la Convención incluye un mecanismo de protección que permite formular peticiones ante el sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos.

• Agradecemos al gobierno de Ecuador por este depósito que demuestra claramente el apego de su país a la normativa internacional destinada a garantizar el derecho a la no discriminación.

• Aprovechamos la ocasión para invitar a los Estados miembros de la OEA a que hagan lo mismo.

• La Convención Interamericana contra el Racismo, la Discriminación Racial y Formas Conexas de Intolerancia fortalece el desarrollo de sociedades libre de racismo, discriminación e intolerancia, un esfuerzo al que todos estamos llamados.

Bienvenido, Embajador. Muchas gracias.