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Comunicado de Prensa
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, DC—En el marco del día internacional de las mujeres indígenas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhorta a los Estados a adoptar medidas concretas para prevenir las muertes maternas de mujeres indígenas, garantizando el acceso efectivo y equitativo a la información y los servicios de salud sexual y reproductiva.
En las Américas y el Caribe, las mujeres indígenas tienen hasta tres veces más probabilidades de fallecer durante el parto. Esta situación está vinculada con las desigualdades que enfrentan en el acceso a la educación, información y servicios de salud sexual y reproductiva, que incluyen los métodos anticonceptivos modernos, atención médica antes, durante y después del parto, así como otros servicios vinculados a la salud.
Dichas exclusiones se profundizan cuando convergen factores como la edad, el idioma, la discapacidad, la ubicación geográfica, la situación socioeconómica y de movilidad, la orientación sexual y la identidad de género, en un contexto general de discriminación y racismo estructurales. Esto también las expone a un mayor riesgo de morbilidad y mortalidad materna, enfermedades de transmisión sexual, embarazos no deseados, así como a prácticas de violencia obstétrica, como las esterilizaciones forzadas.
La CIDH recuerda que la Convención de Belém do Pará obliga a los Estados de eliminar la discriminación y la violencia contra las mujeres indígenas desde una perspectiva interseccional, intercultural y de género. En ese sentido, deben garantizar que tengan acceso a información completa y comprensible que les permita ejercer su autonimia en las decisiones sobre su propio cuerpo y vida. Asimismo, los servicios de salud sexual y reproductiva deben ser gratuitos, accesibles y culturalmente adecuados, incorporando el enfoque interseccional, intercultural y de género, así como los sistemas o prácticas de salud tradicionales, cuando así lo decidan las propias mujeres.
De acuerdo con la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, los Estados deben promover prácticas interculturales en los servicios de salud sexual y reproductiva previa consulta con las mujeres. En este marco, el personal de salud debe incorporar un enfoque integral que considere las expectativas de las mujeres indígenas, respete sus tradiciones y creencias y garantice una atención libre de discriminación, especialmente durante el parto.
Por lo anterior, la CIDH llama a los Estados a implementar medidas orientadas a la prevención de la mortalidad materna, construidas mediante procesos de consulta con la participación de mujeres indígenas de manera que reconozcan sus vivencias y saberes ancestrales en materia de salud sexual y reproductiva, en ejercicio de su derecho a la libre determinación. Estas acciones deben promover el acceso a la información, la educación y los servicios de salud con pertinencia cultural brindados por personal calificado y sensibilizado.
Finalmente, la CIDH insta a los Estados a valorar e integrar los saberes ancestrales en los sistemas nacionales de salud, en particular, la partería tradicional, como una práctica que puede coadyuvar a la reducción de la mortalidad materna.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actuar como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 180/25
9:00 AM