La censura previa, interferencia o presión directa o indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida por la ley. Las restricciones en la circulación libre de ideas y opiniones, como así también la imposición arbitraria de información y la creación de obstáculos al libre flujo informativo, violan el derecho a la libertad de expresión. Principio # 5
CIDH Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión
C. Acceso a la Información en los Estados miembros
1. Análisis Estadístico
41. La siguiente tabla indica gráficamente los países que tienen previstas en sus constituciones nacionales, disposiciones referentes a la libertad de información, y la acción de hábeas data. La Relatoría desea fomentar que los Estados miembro contribuyan con información que actualice, rectifique o perfeccione las estadísticas e información aquí presentada para así reflejar en el informe anual del año 2002 tanto la existencia como los avances en la adopción de legislación y regulación del derecho de acceso a la información pública como la acción de habeas data.
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