La CIDH insta a Estados Unidos a respetar los derechos humanos en sus operaciones de seguridad extraterritoriales

2 de diciembre de 2025

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Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresa su profunda preocupación por los informes sobre operativos letales contra embarcaciones no estatales llevados a cabo por Estados Unidos en el mar Caribe y en el océano Pacífico Oriental desde septiembre de 2025, que presuntamente han causado la muerte a numerosas personas. La Comisión insta al Estado a garantizar que todos los operativos de seguridad, incluidos los realizados fuera de sus fronteras, respeten las obligaciones internacionales de Estados Unidos en materia de derechos humanos, especialmente en lo que respecta al derecho a la vida, el uso de la fuerza, las garantías del debido proceso y los mecanismos de rendición de cuentas.

Según información oficial y de dominio público, fuerzas de Estados Unidos han llevado a cabo desde comienzos de septiembre de 2025 aproximadamente 15 operativos aéreos y navales contra embarcaciones de las que las autoridades estadounidenses afirman que estaban vinculadas con organizaciones delictivas transnacionales. Según esa información, en esos operativos han muerto más de 80 personas y tres han sobrevivido.

El primero de esos operativos, que se anunció el 2 de septiembre, implicó la destrucción de una embarcación cerca de aguas venezolanas y causó la muerte a 11 personas. El 15 de septiembre se anunció otro operativo, del que la información disponible afirma que produjo tres muertes, mientras que el 19 de septiembre se produjo otro ataque en el Caribe que dejó otras tres personas muertas. Se reportaron incidentes posteriores a principios de octubre, incluidos uno alrededor del 3 de octubre que presuntamente causó cuatro muertes y otro el 16 o 17 de octubre sobre una embarcación de bajo perfil en el Caribe que dejó dos personas muertas y dos sobrevivientes cuya custodia se traspasó más tarde a Estados Unidos. El 22 de octubre se llevaron a cabo dos ataques en el Pacífico Oriental, con un total de cinco personas muertas.

Uno de los incidentes más mortales tuvo lugar el 27 de octubre en el Pacífico Oriental, cuando la destrucción de cuatro embarcaciones presuntamente causó 14 muertes y dejó un sobreviviente que más tarde fue rescatado por las autoridades mexicanas. También hay información que indica que el 29 de octubre se produjo otro ataque, que dejó cuatro personas muertas.

Los ataques continuaron en noviembre. El 1 de noviembre, un operativo en el Caribe dejó tres personas muertas, según la información disponible. Otro operativo llevado a cabo el 4 de noviembre en el Pacífico Oriental presuntamente provocó la muerte de dos personas, mientras que se cree que otros dos ataques distintos realizados el 9 de noviembre en el Pacífico se cobraron seis vidas. El 10 de noviembre, las fuerzas estadounidenses anunciaron ataques a otras dos embarcaciones en el Pacífico Oriental, que dejaron seis personas muertas, para poner el total de víctimas mortales de esos operativos en más de 83 personas.

La Comisión reconoce la gravedad de las actividades del crimen organizado y el impacto de este en el goce de los derechos humanos, pero recuerda que los Estados tienen la obligación de respetar y garantizar el derecho a la vida de todas las personas bajo su jurisdicción. Según la jurisprudencia interamericana, esa obligación debe aplicarse a cualquier situación en la que agentes de un Estado ejerzan autoridad o un control eficaz, incluidos los casos de operativos extraterritoriales en el mar. Cuando personal militar o de las fuerzas de seguridad utiliza la fuerza letal fuera del territorio nacional, los Estados tienen la obligación de demostrar que esa medida fue estrictamente legal, necesaria y proporcionada y de investigar de oficio cualquier pérdida de vidas en ese contexto. Esas obligaciones siguen vigentes sin importar dónde se lleven a cabo los operativos ni el estatus que se atribuya a las personas afectadas por ellos. De una manera similar, las personas bajo control del Estado deben siempre tener a su favor el pleno respeto del debido proceso y un trato humano.

La CIDH reitera que, según los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, el uso de la fuerza militar en funciones de seguridad pública debe ser excepcional, reglamentarse de manera estricta y limitarse a circunstancias en las que las autoridades civiles no puedan dar una respuesta eficaz. El despliegue de las Fuerzas Armadas en operativos contra presuntos grupos delictivos, especialmente fuera del territorio de un país dado, supone un alto riesgo de generar una pérdida de vidas arbitraria, una falta de rendición de cuentas, violaciones del debido proceso y erosión de la supervisión civil.

Por todo eso, la Comisión insta a Estados Unidos a: abstenerse de utilizar la fuerza militar letal en el contexto de operativos de seguridad pública, garantizando que cualquier operación de seguridad o contra el delito cumpla plenamente los estándares internacionales de derechos humanos; realizar investigaciones rápidas, imparciales e independientes sobre todas las muertes y detenciones que generaron esas acciones; y adoptar medidas eficaces para evitar que se repitan.

La CIDH seguirá monitoreando cuidadosamente la situación y reitera su disposición a mantener un diálogo continuo y una cooperación técnica con Estados Unidos para ayudar a ese Estado a proteger los derechos humanos en sus políticas de seguridad y defensa.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 248/25

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