Colombia: CIDH saluda decreto que fortalece la libre determinación de los pueblos indígenas

16 de julio de 2025

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Washington, DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebra la expedición del Decreto 488 del 5 de mayo de 2025, que establece normas para el funcionamiento de los Territorios Indígenas en Colombia. Este decreto representa un paso importante hacia el reconocimiento efectivo del derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y gobernarse en sus territorios ancestrales.

En concordancia con el artículo 329 de la Constitución colombiana, la norma crea un marco legal para la conformación de Entidades Territoriales Indígenas (ETI) como estructuras político-administrativas propias. Estas entidades tendrán competencias en temas clave como salud, educación, justicia indígena, manejo del territorio y protección del medio ambiente. El decreto también contempla mecanismos de financiación, autogobierno y planificación autónoma, así como principios que resguardan la identidad cultural, incluyendo la objeción cultural frente a proyectos que puedan afectar la cosmovisión o las formas de vida de los pueblos indígenas.

El derecho a la libre determinación permite a los pueblos indígenas decidir libremente su camino político, económico, social y cultural, conforme a sus propias instituciones y valores. Este derecho está consagrado en la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y ha sido reafirmado por la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. En esa línea, la Corte ha subrayado que los pueblos indígenas deben tener control sobre sus territorios y recursos, y participar activamente en todas las decisiones que los afecten, a través de procesos de consulta y consentimiento previos, libres e informados.

La CIDH reconoce el trabajo conjunto de las autoridades indígenas, organizaciones representativas y entidades públicas en la elaboración de esta norma. Asimismo, insta al Estado colombiano a asegurar su implementación de manera práctica, efectiva y culturalmente adecuada, con recursos técnicos y financieros suficientes, y a proteger los avances logrados frente a posibles retrocesos.

Finalmente, la CIDH llama a todos los demás Estados de la región a reconocer y fortalecer los derechos territoriales y de libre determinación de los pueblos indígenas, a través de marcos normativos y políticas públicas que promuevan la inclusión, la autonomía y el respeto por la diversidad cultural, pilares fundamentales para la consolidación de los derechos de los pueblos indígenas en el continente. Además, recuerda que su informe "Derecho a la libre determinación de los Pueblos Indígenas y Tribales" analiza estándares internacionales y formula recomendaciones a los Estados para contribuir a los esfuerzos en el reconocimiento e implementación de ese derecho.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión tiene el mandato de promover la observancia y defensa de los derechos humanos en la región, y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. Está integrada por siete miembros independientes, elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal y no representan a sus países de origen o residencia.

No. 142/25

12:20 PM