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Comunicado de Prensa
Oficina de Prensa de la CIDH
Washington, DC— El 21 de julio de 2025, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la Resolución 49/2025, mediante la cual otorgó medidas cautelares en beneficio de Dumar Eliecer Blanco Ruiz, tras considerar que se encuentra en una situación de gravedad y urgencia, toda vez que sus derechos a la vida e integridad personal están en riesgo de daño irreparable en Colombia.
Según la solicitud, el beneficiario realizó denuncias de corrupción de autoridades y actos delictivos de grupos armados no estatales en el país. En consecuencia, se alegó que estaría siendo objeto de eventos de riesgo por actores no estatales, incluyendo múltiples amenazas, hostigamientos, desplazamientos forzados y secuestro. Asimismo, la parte solicitante cuestiona las medidas de protección implementadas por el Estado.
Por su parte, el Estado informó que el beneficiario se encuentra reconocido como víctima de desplazamiento forzado, amenaza y secuestro. Señaló que, el 20 de diciembre de 2024, la Unidad Nacional de Protección (UNP) validó su nivel de riesgo como ordinario, por lo cual resolvió que no era objeto de medidas de protección por parte de dicha entidad. Luego, el 20 de marzo de 2025, la UNP informó que hay una orden de trabajo activa para la evaluación del nivel de riesgo del beneficiario. En esa línea, el informe estatal expresó su compromiso para continuar conminando a la UNP para que brinde información del resultado de la evaluación de nivel de riesgo.
Tras analizar las alegaciones de hecho y derecho efectuadas por ambas partes, la Comisión observó que el beneficiario ha sido objeto de amenazas, hostigamientos y desplazamientos forzados, por lo menos desde 2021, sin que estos hechos hayan cesado con el paso del tiempo. Sumado a ello, la Comisión valoró que, tras la aparición de nuevos hechos de amenazas, y tras el llamado de diferentes entidades estatales como la Defensoría del Pueblo y la Fiscalía General de la Nación a realizar una reevaluación de riesgo, no se tiene información si se ha vuelto a analizar efectivamente su situación, si se ha adecuado su esquema de protección, o si se han tomado otro tipo de medidas para mitigar la situación alegada.
En consecuencia, la Comisión consideró que Dumar Elicer Blanco Ruiz se encuentra en una situación de gravedad y urgencia. Por consiguiente, con base en el artículo 25 del Reglamento, la Comisión solicita a Colombia que:
El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por parte del Estado de Colombia no constituyen prejuzgamiento alguno de una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables.
La Comisión es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
No. 146/25
12:15 PM