Informes de Admisibilidad

Los Informes de Admisibilidad se aprueban si una petición satisface los requisitos de admisibilidad establecidos en los artículos 46 y 47 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, según el procedimiento establecido en los artículos 30 al 36 del Reglamento de la Comisión. En caso que se apruebe un Informe de Admisibilidad, la petición se convierte en un caso, se le asigna un número de caso, e ingresa a la etapa de Fondo.

Argentina

Bolivia

Brasil

informes: 6

Chile

Colombia

informes: 23

Ecuador

El Salvador

  • Informe No. 185/25, Petición 1642-21, Ana Alicia Sánchez Umaña y otros funcionarios judiciales
  • Informe No. 157/25, Petición 1559-21, Carlos Ernesto Sánchez Escobar y Carlos Sergio Avilés Velásquez

Estados Unidos

Honduras

México

informes: 10

Panamá

Paraguay

Perú